Se han iniciado procedimientos de ejecución, ¿qué sigue? Banco de datos de procedimientos de ejecución. Plazo para apelar la decisión

El inicio del proceso de ejecución se lleva a cabo presentando para su ejecución al alguacil la solicitud del demandante y el auto de ejecución que cumpla con los requisitos del art. 13 Ley federal "sobre procedimientos de ejecución".

La solicitud está firmada por el reclamante o su representante, quien adjunta a la solicitud un poder u otro documento que acredite su autoridad. El auto de ejecución y la solicitud del reclamante pueden presentarse para su ejecución personalmente o enviarse por correo.

Sin embargo, hay varios casos en los que el procedimiento de ejecución se inicia sin una declaración del reclamante:

1) la orden del alguacil emitida en el proceso de ejecución obligatoria de la orden de ejecución sobre el cobro de los gastos de comisión acciones ejecutivas, tasas de ejecución y multas (parte 6 del artículo 30 de la Ley federal "sobre procedimientos de ejecución");

2) en caso de recibir una orden de un alguacil de otra unidad estructural del organismo territorial del Servicio Federal de Alguaciles para llevar a cabo determinadas acciones ejecutivas y (o) aplicar determinadas medidas de ejecución, que se formaliza mediante resolución del alguacil;

3) en los casos en que un tribunal, otro organismo o funcionario, de conformidad con la ley, envíe una orden de ejecución a un alguacil (Parte 1, artículo 130 del Código de Procedimiento Civil de la Federación de Rusia, Parte 1 del artículo 428 de Código de Procedimiento Civil de la Federación de Rusia, parte 3 del artículo 319 del Código de Procedimiento de Arbitraje de la Federación de Rusia);

4) en los casos en que la orden de ejecución sea devuelta a la unidad estructural del organismo territorial del Servicio Federal de Alguaciles por la persona que paga el salario del deudor, de conformidad con el apartado 4 del art. 98 Ley federal "sobre procedimientos de ejecución".

La solicitud podrá contener una solicitud de embargo de los bienes del deudor con el fin de asegurar el cumplimiento de los requisitos de sanciones patrimoniales contenidos en el documento ejecutivo, así como para establecer restricciones para el deudor, proporcionado por la ley.

El auto de ejecución y la solicitud son presentados por el demandante en el lugar donde se tomaron las medidas de ejecución y se aplicaron las medidas de ejecución. Si el recuperador no sabe en qué departamento de alguaciles debe iniciarse el procedimiento de ejecución, puede enviar la solicitud y el documento de ejecución al organismo territorial del Servicio Federal de Alguaciles (el alguacil jefe del sujeto). Federación Rusa) en el lugar de ejecución de las acciones de ejecución y aplicación de las medidas de ejecución, determinado de conformidad con el art. 33 Ley federal "sobre procedimientos de ejecución". El alguacil jefe de una entidad constitutiva de la Federación de Rusia envía los documentos especificados al departamento de alguaciles correspondiente dentro de los cinco días siguientes a la fecha de su recepción y, si la orden de ejecución está sujeta a ejecución inmediata, el día de su recepción.

Los documentos ejecutivos, que son la base para iniciar procedimientos de ejecución, se mencionan en el art. 12 Ley federal "sobre procedimientos de ejecución". Deberán cumplir determinados requisitos enumerados en el art. 13 Ley federal "sobre procedimientos de ejecución". De hecho, este artículo establece los requisitos para todos los documentos de ejecución, con excepción de la orden del alguacil (artículo 14 de la Ley federal "sobre procedimientos de ejecución"), una orden judicial (artículo 127 del Código de Procedimiento Civil de Federación de Rusia) y un acuerdo notarial sobre el pago de la pensión alimenticia (artículo 16 del Código de Familia de la Federación de Rusia).

En caso de pérdida del original del auto de ejecución, la base para la ejecución es su duplicado, expedido en en la forma prescrita tribunal o funcionario que adoptó el acto correspondiente.

El alguacil, dentro de los tres días siguientes a la fecha de recepción del documento de ejecución, dicta la decisión de iniciar el procedimiento de ejecución o de negarse a iniciarlo. Si la orden de ejecución está sujeta a ejecución inmediata, una vez recibida por el departamento de alguacil, se transfiere inmediatamente al alguacil, quien debe tomar la decisión de iniciar el procedimiento de ejecución o negarse a iniciarlo dentro de un día desde el momento la orden de ejecución es recibida por el departamento de alguacil.

Una vez emitida la decisión de iniciar el procedimiento de ejecución, tras la primera recepción de la orden de ejecución por parte del servicio de alguacil, el alguacil deberá fijar un plazo para el cumplimiento voluntario de los requisitos contenidos en la orden de ejecución.

Para especies individuales No existe límite de tiempo para la ejecución voluntaria de documentos ejecutivos, incluso si se presentan para su ejecución por primera vez. Dichos documentos incluyen (Parte 14, Artículo 30 de la Ley Federal "Sobre Procedimientos de Ejecución"):

· una resolución para cobrar al deudor los costos de ejecución de las acciones de ejecución, las tasas de ejecución y las multas impuestas en el proceso de ejecución del documento de ejecución;

· presentación posterior del auto de ejecución;

· documentos ejecutivos sobre reintegro;

· documentos ejecutivos sobre suspensión administrativa de actividades;

· documentos ejecutivos sobre confiscación de bienes;

· documentos ejecutivos sobre medidas provisionales.

El plazo para la ejecución voluntaria de una orden de ejecución no puede exceder los cinco días a partir de la fecha de inicio del procedimiento de ejecución, a menos que se especifique lo contrario en la orden de ejecución o esté previsto por la Ley federal "sobre procedimientos de ejecución". En su decisión, el alguacil notifica al deudor que al vencimiento del plazo de ejecución voluntaria (si se ha establecido dicho plazo), se le aplicarán las medidas de ejecución, las cuales se indican en el documento ejecutivo. Asimismo, se cobrará al deudor la tasa de ejecución y los gastos de ejecución de las acciones de ejecución, previstos en el art. 112 y 116 Ley Federal “Sobre Procedimientos de Ejecución”.

1) durante el período durante el cual no se llevaron a cabo acciones de ejecución debido a su aplazamiento (artículo 38 de la Ley Federal "Sobre Procedimientos de Ejecución");

2) durante el período durante el cual se suspendió el procedimiento de ejecución (artículos 39, 40, 41 de la Ley federal "sobre procedimientos de ejecución");

3) durante un aplazamiento o plan de cuotas para la ejecución de un documento ejecutivo (artículo 37 de la Ley Federal "Sobre Procedimientos de Ejecución");

4) desde el día en que se anuncia la búsqueda de la organización-deudor, así como de los bienes del deudor, hasta el día en que finaliza la búsqueda;

5) a partir del día en que el demandante, deudor, alguacil se dirige al tribunal, a otro organismo o al funcionario que emitió la orden de ejecución, con una solicitud de aclaración de las disposiciones de la orden de ejecución, concediendo un aplazamiento o plan de pagos para su ejecución, así como un cambio en el método y procedimiento de su ejecución antes del día en que el alguacil reciba un acto judicial que haya entrado en vigor legal, un acto de otro organismo o funcionario, adoptado con base en los resultados de la consideración de dicha apelación;

6) desde la fecha de la decisión sobre el nombramiento de un especialista hasta el día en que el departamento de alguacil reciba su informe u otro documento sobre los resultados de su trabajo;

7) desde la fecha de transferencia de la propiedad para la venta hasta el día en que el producto de la venta de esta propiedad se recibe en la cuenta (cuenta de depósito de las unidades de alguacil), pero no más de dos meses a partir de la fecha de transferencia del último lote de dicha propiedad en venta.

Los procedimientos de ejecución podrán completarse por:

1) terminación del procedimiento de ejecución (artículo 43 de la Ley federal "sobre procedimientos de ejecución");

2) devolución de la orden de ejecución al demandante después del inicio del procedimiento de ejecución (artículo 46);

3) el fin del procedimiento de ejecución (artículo 47).

La decisión del alguacil de poner fin al procedimiento de ejecución puede apelarse ante el tribunal competente en un plazo de diez días.

Procedimientos de ejecución– la etapa final del proceso civil, en la que los órganos y funcionarios autorizados llevan a cabo la ejecución de los actos de los tribunales de jurisdicción general.

Hay:

  • ejecución voluntaria de una decisión judicial, iniciada mediante la correspondiente propuesta notificada al deudor;
  • ejecución forzosa de una decisión judicial, que se lleva a cabo una vez transcurrido el plazo para la ejecución voluntaria de la decisión.

Las decisiones judiciales se ejecutan desde su entrada en vigor legal, excepto en los casos de ejecución inmediata. El procedimiento de ejecución se inicia a petición del demandante y del fiscal. El juez ejerce el control sobre la ejecución correcta y oportuna de una decisión judicial. El Ministerio de Justicia de la Federación de Rusia y los ministerios de justicia de las repúblicas de la Federación de Rusia ejercen la dirección y el control sobre la implementación de decisiones judiciales. Los actos jurídicos reglamentarios que definen las condiciones y el procedimiento para la ejecución forzosa de actos judiciales y actos de otros órganos incluyen, en primer lugar, la Ley Federal "Sobre Procedimientos de Ejecución" No. 119-FZ, la Ley Federal "Sobre Alguaciles" No. 118-FZ, adoptada el 21 de julio de 1997 y otras leyes federales que regulan las condiciones y el procedimiento para la ejecución obligatoria de actos judiciales y actos de otros órganos.

Los procedimientos de ejecución son un procedimiento establecido por la ley para la ejecución forzosa de decisiones de los tribunales (u otros órganos jurisdiccionales). Los procedimientos de ejecución pueden iniciarse tanto contra personas físicas como jurídicas; pueden ser iniciados por un alguacil en la etapa de ejecución forzosa de los documentos ejecutivos.


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Etapas del procedimiento de ejecución:

Los procedimientos de ejecución como actividades procesales incluyen tres etapas: la primera etapa es el inicio de los procedimientos de ejecución y la preparación para la implementación de la ejecución forzosa, la segunda es la implementación de la ejecución forzosa y la tercera es la finalización de los procedimientos de ejecución. En cada etapa del procedimiento de ejecución se resuelven sus propias tareas específicas.

1) Primera etapa: etapa de inicio del procedimiento de ejecución y preparación para la ejecución. Aquí se resuelven las cuestiones de la posibilidad de aceptar una orden de ejecución para ejecución, la posibilidad de ejecución voluntaria, se toman medidas para buscar al deudor y sus bienes, para arrestarlo para una posterior ejecución hipotecaria.

2) Segunda etapa: etapa de ejecución. Aquí se llevan a cabo acciones de ejecución relacionadas con la ejecución práctica de los bienes y fondos del deudor, y se garantiza la ejecución de las acciones a las que el deudor está obligado por un acto judicial.

3) Tercera etapa: etapa de finalización del proceso de ejecución. Aquí se resuelven las cuestiones sobre la terminación o finalización del procedimiento de ejecución o la devolución del documento de ejecución al reclamante.

Veamos todas las etapas con más detalle:

Iniciación de procedimientos de ejecución.

Iniciación de procedimientos de ejecución- la primera etapa del proceso de ejecución del auto de ejecución. En esta etapa, el alguacil, habiendo recibido la orden de ejecución, debe establecer la presencia o ausencia de motivos para iniciar un procedimiento de ejecución y luego tomar una decisión sobre iniciar un procedimiento de ejecución o negarse a iniciar un procedimiento de ejecución. Antes del inicio del procedimiento de ejecución no se pueden adoptar medidas de ejecución. Esta regla se deriva del hecho de que la comisión de acciones de ejecución está asociada con la posibilidad de aplicar al deudor medidas de coerción estatal en forma de medidas de ejecución que infrinjan y limiten significativamente sus derechos de propiedad. El inicio del procedimiento de ejecución va precedido de la presentación real del documento de ejecución para su cobro. En esta etapa, el alguacil acepta la solicitud y la orden de ejecución del demandante, o del tribunal u otro organismo que emitió la orden de ejecución. La solicitud podrá contener una solicitud de embargo de los bienes del deudor con el fin de asegurar el cumplimiento de los requisitos de sanciones patrimoniales contenidos en el documento ejecutivo, así como para establecer restricciones para el deudor.

Sin embargo, la aceptación real por parte del alguacil del documento de ejecución no significa en sí misma el inicio posterior del procedimiento de ejecución. De conformidad con el art. 31 de la Ley federal "sobre procedimientos de ejecución", el alguacil, dentro de los tres días siguientes a la fecha de recepción del documento de ejecución, emite una resolución sobre la negativa a iniciar el procedimiento de ejecución si:

  • el documento de ejecución se presentó sin una solicitud del reclamante o la solicitud no fue firmada por el reclamante o su representante, excepto en los casos en que el procedimiento de ejecución esté sujeto a inicio sin una solicitud del reclamante;
  • el auto de ejecución no fue presentado en el lugar donde se realizaron las acciones de ejecución, salvo en el caso previsto en el apartado 4 del art. 30 de la Ley federal "sobre procedimientos de ejecución";
  • el plazo para presentar el auto de ejecución para su ejecución ha expirado y no ha sido restablecido por el tribunal;
  • el documento no es ejecutivo o no cumple con los requisitos para documentos ejecutivos establecidos por el art. 13 de la Ley federal "sobre procedimientos de ejecución";
  • el documento ejecutivo fue presentado previamente para su ejecución y el proceso de ejecución sobre el mismo fue terminado por las causales establecidas en el art. 43 y parte 14 del art. 103 de la Ley federal "sobre procedimientos de ejecución";
  • la orden de ejecución fue presentada previamente para su ejecución y el proceso de ejecución se completó por las bases establecidas en los párrafos 1 y 2 de la Parte 1 del art. 47 y apartados 1, 2 y 4, parte 15, art. 103 de la Ley federal "sobre procedimientos de ejecución";
  • un acto judicial, un acto de otro organismo o funcionario, que sea un documento ejecutivo o sobre cuya base se emitió un documento ejecutivo, no ha entrado en vigor legal, con excepción de los documentos ejecutivos sujetos a ejecución inmediata;
  • La orden de ejecución, de conformidad con la legislación de la Federación de Rusia, no está sujeta a ejecución por parte del Servicio Federal de Alguaciles.

No se admite copia de la decisión del alguacil de negarse a iniciar el procedimiento de ejecución con el adjunto de todos los documentos recibidos. más tarde en el día, siguiente al día de dicha decisión, se envía al demandante, así como al tribunal, otro organismo o funcionario que dictó la orden de ejecución. Después de eliminar las circunstancias previstas en los párrafos 1 a 4 y 7 de la parte 1 del art. 31 de la Ley federal "sobre procedimientos de ejecución", es posible reenviar (presentar) la orden de ejecución al alguacil. Si el deudor es una organización, las acciones de ejecución se llevan a cabo y las medidas de ejecución se llevan a cabo en su domicilio legal, la ubicación de su propiedad o en el domicilio legal de su oficina de representación o sucursal. Requisitos contenidos en los documentos ejecutivos que obligan al deudor a realizar determinadas acciones (abstenerse de cometer ciertas acciones), se ejecutan en el lugar donde se realizan estas acciones. En ausencia de información sobre el paradero del deudor, sus bienes o el paradero del niño, se llevan a cabo acciones de ejecución y el alguacil aplica las medidas de ejecución de acuerdo con las últimas lugar famoso residencia o lugar de estancia del deudor o en el lugar de residencia del reclamante hasta que se establezca la ubicación del deudor y sus bienes.

El artículo 428 del Código de Procedimiento Civil de la Federación de Rusia establece que orden de ejecución emitido por el tribunal al demandante después de que la decisión entre en vigor legal, excepto en los casos de ejecución inmediata, cuando se emite un auto de ejecución inmediatamente después de que se toma la decisión. La orden de ejecución se emite al demandante o, a petición suya, se envía para su ejecución directamente por el tribunal. Así, debido al carácter dispositivo de las relaciones jurídicas civiles, para presentar un auto de ejecución para el cobro e iniciar el proceso de ejecución, es necesario expresar la voluntad del reclamante mediante la presentación de la correspondiente solicitud, sin la cual el inicio del procedimiento de ejecución es imposible. La presentación de un auto de ejecución para el cobro es un derecho, y no una obligación, del reclamante, por lo que nadie puede decidir por el demandante la cuestión de la necesidad de presentar un auto de ejecución para el cobro y el inicio del proceso de ejecución; . Se supone que una solicitud para iniciar un procedimiento de ejecución puede ser presentada y firmada personalmente por el reclamante o su representante, quien tiene el poder correspondiente para tener derecho a presentar el documento de ejecución para su cobro. Se debe adjuntar un poder a la solicitud. En nombre del demandante - entidad legal la solicitud puede ser firmada por el titular de esta persona jurídica o un representante de la persona jurídica que tenga el poder correspondiente, que también se adjunta a la solicitud.


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Suspensión del procedimiento de ejecución.

Suspensión del procedimiento de ejecución También representa una forma de interrupción en la ejecución de las acciones de ejecución, junto con el aplazamiento de las acciones de ejecución y su aplazamiento. Sin embargo, a diferencia de otras acciones legales, la suspensión se realiza no por un período de tiempo determinado, sino por tiempo indefinido hasta que dejen de existir las circunstancias que sirvieron de base para la suspensión del procedimiento.

Dependiendo de los motivos, la suspensión del procedimiento de ejecución la lleva a cabo el tribunal (artículo 39 de la Ley federal "sobre procedimientos de ejecución") o el alguacil (artículo 40 de la Ley federal "sobre procedimientos de ejecución"). La suspensión del procedimiento de ejecución es posible sin falta o a discreción del organismo que resuelve el asunto. En cualquier caso, la suspensión del procedimiento de ejecución sólo es posible por los motivos especificados en el art. 39 y 40 de la Ley federal "sobre procedimientos de ejecución". Estas listas son exhaustivas y no están sujetas a una interpretación amplia. Por ejemplo, en práctica judicial Uno de los motivos comunes para que las organizaciones presupuestarias soliciten suspender los procedimientos de ejecución es la falta de fondos. Sin embargo, esta razón, aunque válida, no está especificada en el art. 39, 40 de la Ley federal "sobre procedimientos de ejecución", en relación con la cual los tribunales se niegan a suspender los procedimientos de ejecución en tales casos.

El tribunal suspenderá total o parcialmente el procedimiento de ejecución sin excepción en los siguientes casos:

  • presentar un reclamo de liberación de la incautación (exclusión del inventario) de bienes embargados mediante auto de ejecución;
  • impugnar los resultados de la evaluación de los bienes incautados;
  • impugnar la decisión del alguacil de cobrar la tasa de ejecución;
  • en otros casos previstos ley federal.

El tribunal podrá suspender el procedimiento de ejecución en la forma prescrita por la legislación procesal de la Federación de Rusia, total o parcialmente, en los siguientes casos:

  • impugnar una orden de ejecución o un acto judicial sobre cuya base se emitió la orden de ejecución;
  • impugnar ante los tribunales un acto de un organismo o funcionario autorizado para conocer casos de infracciones administrativas;
  • el deudor se encuentra en un largo viaje de negocios;
  • aceptación a trámite de una solicitud para impugnar una decisión, acciones (inacción) de un alguacil o negativa a tomar acciones;
  • apelación del demandante, deudor o alguacil ante el tribunal, otro organismo o el funcionario que emitió la orden de ejecución, con una declaración para aclarar las disposiciones de la orden de ejecución, el método y procedimiento para su ejecución;
  • en los demás casos previstos en el art. 40 de la Ley federal "sobre procedimientos de ejecución".

El procedimiento de ejecución está sujeto a suspensión total o parcial por parte del alguacil en los siguientes casos:

  • muerte del deudor, declaración de su muerte o reconocimiento como desaparecido, si los requisitos u obligaciones establecidos por un acto judicial, un acto de otro organismo o funcionario permiten la sucesión;
  • pérdida de capacidad jurídica por parte del deudor;
  • participación del deudor en hostilidades como parte de las Fuerzas Armadas de la Federación de Rusia, otras tropas, formaciones y cuerpos militares creados de conformidad con la legislación de la Federación de Rusia, desempeño por parte del deudor de tareas en condiciones de estado de emergencia o marcial derecho, conflicto armado o solicitud de un reclamante en las mismas condiciones;
  • revocación de una licencia para realizar operaciones bancarias a un deudor - una organización de crédito, con excepción de los procedimientos de ejecución, que de conformidad con la Ley federal "sobre bancos y actividades bancarias" no están suspendidos;
  • aplicaciones tribunal de arbitraje en relación con la organización del deudor del procedimiento concursal en la forma establecida en el artículo 96 de esta Ley Federal;
  • el tribunal acepta para su consideración la reclamación del deudor de un aplazamiento o plan de pagos para el cobro de la tasa de ejecución, reducción de su tamaño o exención del cobro de la tasa de ejecución;
  • el alguacil envía al Servicio Federal de Impuestos o al Banco de Rusia un aviso de incautación de la propiedad de la organización deudora.

El alguacil podrá suspender total o parcialmente el procedimiento de ejecución en los siguientes casos:

  • el deudor se encuentra en tratamiento en un centro hospitalario;
  • buscar a un ciudadano deudor o buscar a un niño;
  • solicitudes del deudor pasando servicio militar al reclutamiento en las Fuerzas Armadas de la Federación de Rusia, otras tropas, formaciones militares y organismos creados de conformidad con la legislación de la Federación de Rusia;
  • enviar una resolución sobre instrucciones para llevar a cabo determinadas acciones de ejecución y (o) aplicar determinadas medidas de ejecución de conformidad con la Parte 6 del art. 33 de la Ley federal "sobre procedimientos de ejecución".

El alguacil jefe de la Federación de Rusia, el alguacil jefe de una entidad constitutiva de la Federación de Rusia y sus suplentes también tienen derecho a suspender los procedimientos de ejecución, pero solo en un caso: la recepción de una queja contra una resolución, acciones (inacción). de los funcionarios del Servicio de Alguaciles subordinados a ellos.

Terminación del procedimiento de ejecución.

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Terminación del procedimiento de ejecución Como acción jurídica, tiene una serie de características esenciales:

  • se lleva a cabo únicamente por los motivos especificados en el art. 43 de la Ley federal "sobre procedimientos de ejecución", esta lista no está sujeta a una interpretación amplia;
  • después de la terminación del procedimiento de ejecución, su reanudación es imposible, excepto en los casos en que el tribunal anuló la sentencia sobre la terminación del procedimiento de ejecución. En este sentido, la terminación de los procedimientos de ejecución tiene características jurídicas cercanas a la terminación de los procedimientos en procedimientos civiles (artículo 221 del Código de Procedimiento Civil de la Federación de Rusia) y arbitrales (artículo 151 del Código de Procedimiento de Arbitraje de la Federación de Rusia). .

De conformidad con el art. 43 de la Ley federal "sobre procedimientos de ejecución", el tribunal pone fin a los procedimientos de ejecución en los siguientes casos:

  • muerte del ciudadano-reclamante (ciudadano-deudor), declarándolo muerto o reconociéndolo desaparecido, si los requisitos u obligaciones establecidos por un acto judicial, un acto de otro organismo o funcionario no pueden pasar al sucesor legal y no pueden ser ejecutados por un síndico designado por el órgano de tutela y tutela;
  • pérdida de la capacidad de ejecutar una orden de ejecución que obligue al deudor a realizar determinadas acciones (abstenerse de realizar determinadas acciones);
  • la negativa del reclamante a recibir un objeto incautado al deudor durante la ejecución de una orden de ejecución que contiene el requisito de transferirlo al reclamante;
  • en otros casos, cuando la ley federal prevé la terminación del procedimiento de ejecución.

Si en estos casos el demandante se niega a seguir cobrando la pensión alimenticia, el procedimiento de ejecución está sujeto a terminación sobre la base del inciso 1, parte 1, art. 439 del Código de Procedimiento Civil de la Federación de Rusia". La legislación actual sobre procedimientos de ejecución, a diferencia de la primera edición de la Ley federal "sobre procedimientos de ejecución" N 119-FZ, otorgaba al propio alguacil el derecho a decidir sobre la terminación de los procedimientos de ejecución, pero en su mayor parte esto es una duplicación real de las definiciones de los tribunales pertinentes para terminar los procedimientos de ejecución.

El alguacil pone fin al procedimiento de ejecución en los siguientes casos:

  • adopción por el tribunal de un acto para dar por terminada la ejecución de la orden de ejecución emitida por él;
  • la aceptación por parte del tribunal de la negativa del demandante a ejecutar la hipoteca;
  • aprobación por el tribunal de un acuerdo de conciliación entre el demandante y el deudor;
  • cancelación del acto judicial en base al cual se emitió el documento ejecutivo;
  • cancelación o invalidación del documento ejecutivo sobre cuya base se inició el procedimiento de ejecución;
  • terminación, por las causas y en la forma que establezca la ley federal, de la ejecución de un acto judicial, acto de otro organismo o funcionario en caso de infracción administrativa por parte del tribunal, otro organismo o funcionario que emitió el documento ejecutivo.

El alguacil considera la solicitud de suspensión o terminación del proceso de ejecución dentro de los diez días siguientes a la fecha de recepción de la solicitud, con la emisión de una resolución para suspender o terminar el proceso de ejecución o negarse a suspender o terminar el proceso de ejecución. De conformidad con el art. 44 de la Ley federal "sobre procedimientos de ejecución", las consecuencias jurídicas de la terminación de los procedimientos de ejecución se reducen principalmente a lo siguiente:

  • los procedimientos de ejecución terminados de conformidad con una sentencia judicial o una decisión de un alguacil que hayan entrado en vigor legalmente no se pueden reanudar;
  • después de resolver las cuestiones relativas a la terminación del procedimiento de ejecución, el alguacil cancela todas las medidas de ejecución que le hayan sido asignadas;
  • Si hay órdenes no ejecutadas para cobrar al deudor los costos de ejecución de las acciones de ejecución, las tasas de ejecución y las multas impuestas por el alguacil en el proceso de ejecución del documento de ejecución, se inician procedimientos de ejecución separados sobre ellas. En este caso, las restricciones establecidas para el deudor durante el procedimiento de ejecución principal son mantenidas por el alguacil en las cantidades necesarias para la ejecución del procedimiento de ejecución recién iniciado;
  • la orden de ejecución, según la cual se ha dado por terminado el proceso de ejecución, permanece en los materiales del proceso de ejecución terminado y no puede volver a presentarse para su ejecución.

Devolución del auto de ejecución.

De conformidad con el apartado 1 del art. 26 de la Ley federal "sobre procedimientos de ejecución", se devuelve al reclamante el documento ejecutivo, según el cual la recuperación no se realizó o se realizó parcialmente. La devolución de la orden de ejecución al demandante es análoga a dejar la solicitud sin consideración en un procedimiento civil o de arbitraje.

A diferencia de la terminación del proceso de ejecución, la devolución de la orden de ejecución al demandante no implica la imposibilidad de reanudar el proceso de ejecución y no impide la nueva presentación del documento especificado para su ejecución dentro de los plazos calculados de conformidad con el art. 14 de la Ley federal "sobre procedimientos de ejecución". Nos referimos a los casos en los que existe una demanda de devolución de la orden de ejecución por parte del iniciador del procedimiento de ejecución, el demandante, lo que es totalmente coherente con el principio de discreción. Tal devolución es posible en el caso de que el reclamante por algún motivo no quiera en este momento realizar el cobro al deudor. Si el reclamante renuncia al derecho a cobrar, en este caso el procedimiento de ejecución finaliza sobre la base de la cláusula 2 de la parte 2 del art. 43 de la Ley federal "sobre procedimientos de ejecución".

Si es imposible ejecutar un documento ejecutivo que obligue al deudor a realizar determinadas acciones (abstenerse de realizar determinadas acciones), cuya posibilidad de ejecución no se ha perdido (Cláusula 2, Parte 1, artículo 46 de la Ley Federal “Sobre Ejecución Actas").

Si es imposible establecer la ubicación del deudor, sus bienes u obtener información sobre la disponibilidad de fondos y otros objetos de valor que le pertenecen, ubicados en cuentas, depósitos o almacenados en bancos u otras organizaciones de crédito, excepto en los casos en que el La Ley de Procedimientos de Ejecución prevé la búsqueda del deudor o de sus bienes (cláusula 3, parte 1, artículo 46 de la Ley Federal "Sobre Procedimientos de Ejecución"). Se refiere a los casos en los que el lugar de residencia de un ciudadano, el domicilio legal de la organización indicado en actos judiciales y documentos ejecutivos han cambiado y no es posible establecer otros nuevos. En caso de que se anuncie una búsqueda de conformidad con el art. 65 de la Ley federal "sobre procedimientos de ejecución", durante el período de búsqueda de un ciudadano deudor o de búsqueda de un niño, es posible suspender los procedimientos de ejecución de conformidad con el párrafo 2 de la parte 2 del art. 40 de la Ley federal "sobre procedimientos de ejecución".

Si el deudor no tiene bienes o ingresos que puedan ser embargados, y todas las medidas permitidas por la ley para encontrar sus bienes o ingresos tomadas por el alguacil no tuvieron éxito (Cláusula 4, Parte 1, Artículo 46 de la Ley Federal “Sobre Procedimientos de Ejecución”) ” ). Se refiere a los casos de imposibilidad de ejecución real de una orden de ejecución, principalmente para el cobro de fondos, cuando el deudor no dispone tanto de fondos como de bienes que puedan venderse para transferir el producto al recuperador.

Si el demandante se negó a retener la propiedad del deudor que no fue vendida durante la ejecución de la orden de ejecución (Cláusula 5, Parte 1, Artículo 46 de la Ley Federal "Sobre Procedimientos de Ejecución"). De conformidad con el art. 87 de la Ley federal "sobre procedimientos de ejecución" y art. 350 del Código Civil de la Federación de Rusia, el demandante, en las condiciones legales especificadas en las disposiciones reglamentarias especificadas, tiene derecho a conservar la propiedad de los bienes del deudor que no hayan sido vendidos en una subasta pública como pago de la deuda en virtud de la orden judicial. de ejecución. Sin embargo, decidir sobre la cuestión de retener los bienes no vendidos del deudor es un derecho, no una obligación, del deudor. Por tanto, en caso de negativa a retener los bienes del deudor, se devuelve al reclamante el auto de ejecución.

Si el reclamante, con sus acciones (inacción), impide la ejecución del documento ejecutivo (cláusula 6, parte 1, artículo 46 de la Ley Federal “Sobre Procedimientos de Ejecución”). Se refiere a los casos en los que la ejecución es imposible sin la participación del propio demandante y él interfiere con la ejecución del documento de ejecución. Por ejemplo, al ejecutar una orden de ejecución sobre la participación de un padre que vive por separado en la crianza de un niño, el demandante no parece llevar a cabo esta acción de ejecución, si previamente presentó una petición para la ejecución forzosa de esta decisión judicial.


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Fin del procedimiento de ejecución.

Bajo fin del procedimiento de ejecución se refiere a diversas acciones de ejecución que implican la realización de acciones de ejecución sobre un documento ejecutivo específico con una variedad de consecuencias legales, entre las que puede estar la preservación del derecho a iniciar procedimientos de ejecución, o la pérdida de dicho derecho o la continuación de procedimiento de ejecución en otra unidad del Servicio de Alguaciles. En este sentido, la finalización del procedimiento de ejecución no es una base independiente para la finalización del procedimiento de ejecución, sino una institución que combina varios motivos para la finalización del procedimiento de ejecución contenidos en el capítulo. 1 de la Ley federal "sobre procedimientos de ejecución".

Según el art. 47 de la Ley federal "sobre procedimientos de ejecución", los procedimientos de ejecución se dan por terminados por los siguientes motivos:

1. Ejecución real de la orden de ejecución (cláusula 1, parte 1, artículo 47 de la Ley Federal “Sobre Procedimientos de Ejecución”). Aquí nos referimos a la opción más óptima para finalizar el procedimiento de ejecución: el cumplimiento real por parte del deudor o el alguacil de los requisitos del documento de ejecución, es decir. transferencia de bienes, fondos, realización de las actuaciones periódicas pertinentes por parte del deudor, etc., por tanto, ejecución de un acto judicial o acto de otro organismo.

2. Ejecución efectiva, a costa de uno o varios deudores, del crédito de cobro solidario contenido en documentos de ejecución combinados en procedimientos de ejecución consolidados.

3. Devolución del auto de ejecución al demandante por las causales previstas en el art. 46 de la Ley federal "sobre procedimientos de ejecución".

4. Devolución de la orden de ejecución a solicitud del tribunal, otro organismo o funcionario que dictó la orden de ejecución. Se refiere a los casos en los que existe un requisito de devolución de la orden de ejecución por parte del organismo que emitió la orden de ejecución.

5. Envío de auto de ejecución de una unidad de alguacil a otra. EN en este caso Esto significa enviar la orden de ejecución a otro Servicio de Alguacil de acuerdo con las reglas del art. 33 de la Ley federal "sobre procedimientos de ejecución".

6. Liquidación de la organización deudora y envío del documento ejecutivo a la comisión de liquidación (liquidador), con excepción de los documentos ejecutivos especificados en el apartado 4 del art. 96 de la Ley federal "sobre procedimientos de ejecución".

7. Declarar en quiebra a la organización deudora y enviar el documento de ejecución al síndico concursal, con excepción de los documentos de ejecución especificados en la Parte 4 del art. 96 de la Ley federal "sobre procedimientos de ejecución". De conformidad con el art. 126 de la Ley Federal "Sobre Insolvencia (Quiebras").

8. Envío de copia de la orden de ejecución a la organización para retener los pagos periódicos establecidos por la orden de ejecución (Cláusula 8, Parte 1, Artículo 47 de la Ley Federal “Sobre Procedimientos de Ejecución”).

9. Vencimiento del plazo de prescripción para la ejecución de un acto judicial, acto de otro organismo o funcionario en caso de infracción administrativa (teniendo en cuenta lo dispuesto en el apartado 9 del artículo 36 de la Ley Federal “Sobre Procedimientos de Ejecución”), independientemente de la ejecución efectiva de esta ley. El original del auto de ejecución en los casos previstos en los apartados 1, 2, 8 y 9 del apartado 1 del art. 47 de la Ley federal "sobre procedimientos de ejecución" permanece en el procedimiento de ejecución completado. En otros casos, una copia del documento de ejecución permanece en el procedimiento de ejecución finalizado. Se dicta resolución sobre la terminación del proceso de ejecución, indicando las causales de terminación. La resolución sobre la finalización del procedimiento de ejecución cancela la búsqueda del deudor, sus bienes, la búsqueda del niño, así como las restricciones establecidas para el deudor, incluidas las restricciones a la salida de la Federación de Rusia y las restricciones a los derechos del deudor sobre su propiedad. .

Se envían copias de la decisión del alguacil sobre la finalización del procedimiento de ejecución a más tardar el día siguiente al de su emisión a:

1) al reclamante y al deudor;

2) al tribunal, otro organismo o funcionario que emitió el documento ejecutivo;

3) a un banco u otra organización de crédito, otra organización u organismo que cumplió con los requisitos para establecer restricciones en relación con el deudor y (o) su propiedad;

4) al organismo u organismo que realizó la búsqueda del deudor, sus bienes y la búsqueda del niño.

Busca al deudor, su propiedad, busca al niño.

Objetos de las actividades de búsqueda En cualquier etapa del procedimiento de ejecución, puede surgir una situación en la que, como resultado de acciones intencionales o no intencionales, la dirección de la organización deudora o el lugar de residencia del ciudadano deudor cambie, el deudor oculte la ubicación. de sus bienes o de la ubicación del niño embargado, y todas las medidas aceptadas por el alguacil permitidas por la ley para encontrar al deudor o sus bienes resultan infructuosas. En esta situación, el alguacil tiene derecho a anunciar la búsqueda del deudor, de sus bienes o la búsqueda del niño. Los motivos y el procedimiento para declarar una búsqueda están contenidos en el art. 65 de la Ley federal "sobre procedimientos de ejecución".

Según esta norma, la notificación de búsqueda puede ser obligatoria u opcional. Sólo después de que se hayan realizado los trabajos de búsqueda preliminar, si estos no tienen éxito, el alguacil tiene derecho a anunciar la búsqueda.

Abogada de la práctica “Seguridad Jurídica Integral de los Negocios” del Estudio Jurídico “YURLIGA-BUSINESS” Aigul Kanaeva.

Habiendo recibido una decisión judicial satisfactoria para cobrar fondos al deudor, el deudor a menudo no sabe qué hacer a continuación. El tribunal estableció el hecho legal de la transferencia de dinero, reconoció la legalidad de la demanda de su devolución, emitió una decisión adecuada sobre el cobro del monto de la deuda al deudor, pero ¿y qué? A menudo, el cobro real de la deuda nunca ocurre. Desafortunadamente, el mecanismo existente para ejecutar las decisiones judiciales está lejos de ser perfecto y, a menudo, el procedimiento de cobro de deudas se detiene en la etapa de procedimiento de ejecución y los cobradores se quedan sin nada.

La presencia de problemas en el sistema de procedimientos de ejecución se debe no sólo a la imperfecta organización del trabajo en el servicio de alguacil, sino también a la existencia de muchas lagunas legislativas que los deudores sin escrúpulos utilizan para evadir la ejecución de una decisión judicial. En este artículo consideraremos varias cuestiones problemáticas principales relacionadas con la interacción del reclamante con el servicio de alguacil y el propio deudor.

Así, teniendo en sus manos un acto judicial que ha entrado en vigor, el demandante primero, después regla general, debe recibir una orden de ejecución del tribunal que emitió el acto judicial (nota: algunos actos judiciales son en sí mismos órdenes de ejecución, por ejemplo, una orden judicial).

La existencia de un documento ejecutivo separado del acto judicial tiene un significado jurídico importante. Si cada acto judicial tuviera fuerza de documento ejecutivo, entonces su entrada en vigor pondría automáticamente en marcha el mecanismo de los procedimientos de ejecución, lo que, por un lado, simplificaría la ejecución de las decisiones judiciales, pero, por otro, tal orden privaría a las partes de la oportunidad de llegar a un acuerdo sobre la decisión de ejecución, y también privaría al reclamante del derecho a presentar él mismo el documento para su ejecución, independientemente de terceros, e iniciar así el cobro forzoso. Además, la ley otorga el derecho a redactar una orden de ejecución no solo a los tribunales, sino también a algunos órganos gubernamentales, que a su vez son demandantes (estos son, por ejemplo, decretos autoridades fiscales sobre el cobro de sanciones, atrasos en impuestos).

La orden de ejecución es presentada por el reclamante al departamento del servicio de alguacil en el lugar de residencia, lugar de estancia del deudor o ubicación de su propiedad. El plazo para presentar un auto de ejecución para su ejecución, por regla general, es de 3 años a partir de la fecha de entrada en vigor del acto judicial (para algunos tipos de auto de ejecución se establecen sus propios plazos de presentación - ver artículo 21 de la Ley Federal “Sobre Procedimientos de Ejecución” No. 229-FZ).

Desde el momento en que la orden de ejecución se presenta a la oficina del departamento de alguaciles, el alguacil responsable de llevar el caso de ejecución se determina en un plazo de tres días, después de lo cual también se necesitan tres días para tomar una decisión sobre el inicio del procedimiento de ejecución. Esta decisión (iniciación o negativa a iniciar) es formalizada por el alguacil en forma de resolución. Si el documento ejecutivo está sujeto a ejecución inmediata, se transfiere inmediatamente para su ejecución al departamento de alguaciles correspondiente, después de lo cual se debe tomar una decisión dentro de un día para iniciar el procedimiento de ejecución.

El inicio de un procedimiento de ejecución sólo puede denegarse si existen los motivos previstos en el artículo 31 de la Ley federal "sobre procedimientos de ejecución": no se ha presentado ni firmado una solicitud para iniciar un procedimiento de ejecución, el documento de ejecución no se ha presentado en el lugar donde se realizaron las acciones de ejecución, el acto judicial no ha entrado en vigor, etc. d.

En la decisión de iniciar el procedimiento de ejecución, el alguacil deberá indicar el plazo para la ejecución voluntaria por parte del deudor de los requisitos del documento ejecutivo, el cual no puede exceder de cinco días, excepto en el caso en que el documento ejecutivo ya contenga un plazo para la ejecución voluntaria ( e incluso en este caso, si al presentar dicho auto de ejecución después de la expiración del plazo de ejecución voluntaria especificado en el mismo, el alguacil está obligado a fijar un nuevo plazo de ejecución voluntaria que no exceda de cinco días). El plazo de ejecución voluntaria comienza a correr no desde el momento de la iniciación del procedimiento de ejecución, sino desde el momento en que el deudor recibe la resolución de iniciar el procedimiento de ejecución.

En algunos casos previstos por la ley, el alguacil no establece un plazo para la ejecución voluntaria (parte 14 del artículo 30 de la Ley federal "sobre procedimientos de ejecución"), por ejemplo, al volver a presentar una orden de ejecución al servicio de alguacil. , si dicho documento ya ha sido presentado y el procedimiento de ejecución ha finalizado.

Si el deudor no cumple los requisitos del documento de ejecución dentro del plazo de ejecución voluntaria, se producirán las siguientes consecuencias jurídicas negativas: ahora se podrán aplicar al deudor medidas de ejecución, como el arresto y el embargo de bienes con posterior venta, y se cobrará al deudor una tasa de ejecución (en beneficio del Estado) y los gastos de ejecución de las acciones de ejecución (en beneficio del Estado y/o del demandante, otras personas que no sean partes en el procedimiento de ejecución).

De conformidad con la parte 3 del artículo 112 de la Ley federal "sobre procedimientos de ejecución", la tasa de ejecución se fija en el siete por ciento del importe a cobrar o del valor de los bienes que se recuperan, pero no menos de quinientos rublos de una ciudadano deudor y cinco mil rublos de una organización deudora. En caso de no ejecución de un documento de ejecución que no sea de naturaleza patrimonial, la tasa de ejecución del ciudadano deudor se establece en la cantidad de quinientos rublos, de la organización deudora, cinco mil rublos.

Desde el momento del inicio del procedimiento de ejecución, el alguacil comienza a llevar a cabo un conjunto de medidas destinadas a establecer la composición de la propiedad del deudor, si tiene un lugar de trabajo oficial (para la ejecución hipotecaria de salarios), la ubicación real del deudor. (por llamarlo al departamento y darle explicaciones sobre los requisitos del asunto del documento ejecutivo). Por lo general, el alguacil envía inicialmente solicitudes a las autoridades estatales, municipales, de crédito y otras organizaciones comerciales para obtener información sobre el deudor y su propiedad. Sólo si hay respuestas oficiales por escrito de las entidades antes mencionadas, es posible tomar medidas adicionales contra el deudor y sus bienes: por ejemplo, si hay un extracto de la oficina de pasaportes, es posible tomar la decisión de limitar el derecho del deudor a viajar fuera de la Federación de Rusia, si existe un extracto del Registro Estatal Unificado de Entidades Jurídicas, es posible establecer una prohibición para realizar acciones de registro en relación con la participación del deudor en el capital autorizado de una entidad jurídica; , en presencia de una tarjeta de registro expedida por la Inspección Estatal de Seguridad del Tráfico vehículo perteneciente al deudor, es posible embargar y confiscar este vehículo, etc. Naturalmente, el problema de una implementación exitosa. las medidas anteriores es la demora en enviar solicitudes y recibir respuestas de autoridades y organizaciones. Durante el tiempo que la solicitud del alguacil llega al destinatario, se prepara y se envía una respuesta oficial, el deudor a menudo logra tomar las medidas adecuadas para retirar bienes de la propiedad personal (simplemente "transferir" un apartamento, un automóvil a familiares, vender un participación en el capital autorizado de una persona jurídica, traslado de un cargo oficial en el lugar de trabajo a uno no oficial, etc.).

Para reducir estos plazos, este año el servicio de alguacil tuvo la oportunidad de enviar solicitudes electrónicas a organismos gubernamentales sobre la base de un especial software Sin embargo, la interacción dentro de este sistema actualmente solo está disponible para algunas agencias gubernamentales. Por ejemplo, las solicitudes de los alguaciles a la Inspección Estatal de Seguridad del Tráfico y a Rosreestr ahora se envían y procesan con éxito en un tiempo relativamente corto (en comparación con el método postal arcaico).

Además, desde el momento en que se encuentra la propiedad del deudor (respuestas oficiales de autoridades y organizaciones), el alguacil toma una decisión sobre el arresto de esta propiedad, su incautación, evaluación y posterior venta. Entonces, si hay fondos en las cuentas corrientes del deudor en las instituciones de crédito, el alguacil tiene derecho a obligar al banco a transferir el monto de la deuda a la cuenta FSSP (con su posterior transferencia al cobrador). Si en el momento de la incautación no hay suficiente dinero en la cuenta del deudor, el banco, cuando se reciben fondos en la cuenta incautada, los transfiere de forma independiente a la cuenta FSSP dentro del monto de la deuda.

La situación se complica más con el embargo de los bienes muebles del deudor. vamos a dar siguiente ejemplo: el deudor tiene derecho a la propiedad de un automóvil, el alguacil envió a la policía de tránsito una resolución que prohíbe las acciones de registro en relación con este vehículo (ahora formalmente el deudor no podrá vender, donar ni disponer de este vehículo de otra manera). Sin embargo, esta detención sólo puede calificarse de “legal”; de hecho, resulta imposible encontrar, arrestar y confiscar el coche con testigos. En primer lugar, los deudores suelen recurrir a ocultar sus propiedades (dan coches a familiares, los dejan para guardarlos, etc.), por lo que para confiscar un vehículo los alguaciles deben tomar medidas de investigación. Teniendo en cuenta la carga de trabajo de los empleados de la FSSP, la búsqueda de los vehículos de los deudores resulta una tarea difícil. En este caso, incluso abrir un caso de búsqueda a petición del reclamante difícilmente puede ayudar a lograr los objetivos del procedimiento de ejecución, por lo que los reclamantes tienen que hacer sus propios esfuerzos para encontrar los automóviles. La dificultad aquí es que el alguacil no está autorizado a simplemente incautar el coche: es necesario acudir al lugar del vehículo y redactar un acta de incautación con testigos.

Es más difícil para un deudor ocultar bienes inmuebles: el alguacil aquí solo necesita emitir una orden oportuna que prohíba las acciones de registro en relación con esta propiedad y enviarla al organismo autorizado. Además, según la ley, el alguacil está obligado, dentro de los 30 días siguientes al momento del descubrimiento de esta propiedad, a evaluar la propiedad para su posterior venta en subasta. Aquí es necesario recordar que el reclamante tiene derecho a estar presente cuando se embargue la propiedad y a recibir toda la información sobre los resultados de su tasación y la cita de las subastas.

En todos los casos, la propiedad del deudor está sujeta a valoración con la participación de una organización de tasación de la que es miembro el FSSP. relaciones contractuales. La designación de los licitadores y su desarrollo posterior también están regulados por la ley, sin embargo, aquí también surgen muchas dificultades.

Casos comunes: en la subasta para la venta de los bienes embargados del deudor participan maniquíes (familiares, amigos del deudor y otras personas que actúan conscientemente en interés del deudor), la subasta se lleva a cabo mediante acuerdo con el alguacil, quien posteriormente recibe los bienes; se beneficia de la comisión de tales acciones ilegales. Aquí sólo se puede ayudar al demandante agencias de aplicación de la ley y el tribunal: los resultados de la subasta pueden ser impugnados, declarados ilegales, el alguacil puede ser procesado como funcionario (abuso de poderes oficiales, exceso de autoridad) e incurrir en el castigo adecuado, incluida la privación del derecho a ocupar un cargo público servicio.

El principal problema en el ámbito de los procedimientos de ejecución es la organización del trabajo del servicio de alguacil, que se ha desarrollado hoy en nuestro país. Con una rotación constante de personal, el servicio de alguacil simplemente no puede hacer frente a la cantidad de trabajo que le asignan los tribunales. Por término medio, un agente judicial gestiona entre 800 y 1.500 procedimientos de ejecución, el nivel salarios fluctúa alrededor de 12 mil rublos por mes, mientras que por departamento se asignan entre 3 y 4 vehículos de servicio. En tales circunstancias, a los alguaciles les resulta difícil lograr resultados significativos en los casos de ejecución y satisfacer las solicitudes de todos los demandantes que acuden al servicio. Es por eso que parte del trabajo de descubrir la propiedad del deudor recae sobre los propios cobradores.

El reclamante debe recordar que para proteger sus derechos, puede utilizar todos los derechos que le otorga la ley: apelar las acciones del alguacil ante la alta dirección, acudir a los tribunales, organismos encargados de hacer cumplir la ley con las declaraciones adecuadas si los derechos del reclamante fueron violados durante el proceso de ejecución, tener representante para ejercer derechos y proteger intereses en las relaciones con agencias gubernamentales. Muchos bufetes de abogados se dedican a apoyar el proceso de ejecución, actuando del lado del demandante. Un especialista que tenga los conocimientos necesarios en el campo de la legislación sobre procedimientos de ejecución y experiencia en el apoyo al procedimiento para la ejecución de actos judiciales puede hacerse cargo de todos los problemas del demandante relacionados con la ejecución de una decisión judicial y no solo hacerlo posible. para lograr el resultado, pero también acercarlo en el tiempo. Las sutilezas legales asociadas con la implementación de los derechos del demandante como parte en los procedimientos de ejecución a menudo se convierten en una dificultad insuperable para los ciudadanos que no tienen conocimientos especiales.

Por ejemplo, situaciones complejas son aquellas que la ley no regula con suficiente claridad: ejecución hipotecaria de la participación del deudor en la propiedad común (por ejemplo, propiedad conyugal), ejecución hipotecaria de la participación del deudor en el capital autorizado de una persona jurídica, impugnación de las transacciones del deudor. para la enajenación de bienes, etc.

En los siguientes artículos consideraremos problemas particulares que surgen al realizar procedimientos de ejecución.

La resolución de inicio del procedimiento de ejecución se puede dividir en tres partes:

    Introductorio, que afirma:

el nombre del departamento de alguacil y su dirección, la fecha de la decisión, el cargo, apellido e iniciales del alguacil que emitió la decisión, el tipo y fecha de recepción de la orden de ejecución que sirvió de base para iniciar el proceso de ejecución .

    Motivacional, cuando el alguacil hace referencia a la ley (artículo 30 de la Ley), en base a la cual se lleva a cabo la acción procesal, y las razones por las que considera necesario iniciar el procedimiento de ejecución. Si un demandante se niega a satisfacer una solicitud de embargo de los bienes del deudor o de imponerle otras restricciones previstas por la ley, el alguacil indicará aquí los motivos de dicha negativa.

    Resultativo, que contiene directamente la decisión de iniciar el procedimiento de ejecución.

En la resolución de inicio del proceso de ejecución con base en el documento ejecutivo presentado inicialmente para su ejecución, el alguacil establece un plazo para el cumplimiento voluntario requisitos contenidos en este documento, advierte al deudor sobre la ejecución forzosa de los requisitos especificados después de la expiración del plazo de ejecución voluntaria con el cobro de una tasa de ejecución y los gastos de ejecución de las acciones de ejecución. Este plazo no podrá exceder de cinco días. a partir de la fecha en que el deudor reciba la orden de iniciar el procedimiento de ejecución. Plazo mínimo la ejecución voluntaria no está limitada por la ley y se establece a discreción del alguacil. Sin embargo, si en el documento ejecutivo Se especifica el plazo de ejecución, luego el período de ejecución voluntaria se determina de acuerdo con el período especificado en el documento ejecutivo. . El procedimiento se explica aquí. apelaciones en el orden de subordinación a un funcionario del servicio de alguacil y impugnaciones ante los tribunales.

La resolución de inicio del procedimiento de ejecución la firma el alguacil, y su copia se envía a más tardar el día siguiente al de dicha decisión, al demandante, deudor, así como al tribunal, otro organismo o funcionario que dictó el auto de ejecución.

Esta decisión puede impugnarse ante los tribunales en un plazo de diez días.. En este caso, una solicitud para impugnar la decisión de iniciar un procedimiento de ejecución basada en documentos de ejecución emitidos por los tribunales de arbitraje se presenta al tribunal de arbitraje de la entidad constitutiva de la Federación de Rusia en el área de actividad que realiza el alguacil. sus funciones y, en otros casos, ante un tribunal de jurisdicción general.

El inicio de un procedimiento de ejecución es la primera etapa independiente del procedimiento de ejecución. Lo lleva a cabo un alguacil aceptando para ejecución una orden de ejecución recibida del tribunal u otro organismo que la haya emitido, o del demandante.

Inicia un procedimiento de ejecución sobre la base de una orden de ejecución a solicitud del demandante, salvo que la Ley Federal "Sobre Procedimientos de Ejecución" establezca lo contrario.

La solicitud está firmada por el reclamante o su representante. El representante acompañará a la solicitud otro documento que acredite su autoridad. La solicitud puede contener una solicitud de embargo de la propiedad del deudor con el fin de asegurar el cumplimiento de los requisitos para las sanciones patrimoniales contenidas en el documento ejecutivo, así como para establecer restricciones para el deudor según lo previsto en la Ley Federal "Sobre Procedimientos de Ejecución". .

El auto de ejecución y la solicitud son presentados por el demandante en el lugar de ejecución de las acciones de ejecución y aplicación de las medidas de ejecución, determinado de conformidad con el art. 33 de esta Ley Federal "Sobre Procedimientos de Ejecución".

Si el recuperador no sabe en qué división de los alguaciles debe iniciarse el procedimiento de ejecución, entonces tiene derecho a enviar la orden de ejecución y la solicitud al organismo territorial del Servicio Federal de Alguaciles (el alguacil jefe de la entidad constitutiva de la Federación de Rusia) en el lugar donde se tomaron las medidas coercitivas y se aplicaron las medidas coercitivas. El alguacil jefe de una entidad constitutiva de la Federación de Rusia envía los documentos especificados al departamento de alguaciles correspondiente dentro de los cinco días siguientes a la fecha de su recepción y, si la orden de ejecución está sujeta a ejecución inmediata, el día de su recepción.

El alguacil inicia el procedimiento de ejecución sin declaración del demandante en los casos previstos en el apartado 6 del art. 30 de la Ley federal "sobre procedimientos de ejecución", así como cuando un tribunal, otro organismo o funcionario, de conformidad con la ley federal, envía una orden de ejecución a un alguacil.

La solicitud del reclamante se presenta al alguacil dentro de los tres días siguientes a la fecha de su recepción por el departamento de alguacil.

El alguacil, dentro de los tres días siguientes a la fecha de recepción del documento de ejecución, emite una decisión sobre el inicio del procedimiento de ejecución o sobre la negativa a iniciar el procedimiento de ejecución.

Si el demandante se niega a satisfacer una solicitud para embargar los bienes del deudor o imponer restricciones al deudor según lo previsto en la Ley federal "sobre procedimientos de ejecución", el alguacil deberá indicar en la resolución sobre el inicio del procedimiento de ejecución los motivos de tal negativa.

Si la orden de ejecución está sujeta a ejecución inmediata, una vez recibida por el departamento de alguacil se transfiere inmediatamente al alguacil, cuyos poderes se extienden al territorio donde se llevará a cabo la ejecución y, en su ausencia, a otro alguacil. La decisión de iniciar un procedimiento de ejecución o de negarse a iniciar un procedimiento de ejecución debe ser tomada por el alguacil dentro de un día a partir de la fecha de recepción del documento de ejecución por parte del departamento de alguacil.

Si el auto de ejecución es recibido por el servicio de alguacil por primera vez, entonces el alguacil, en la resolución de inicio del procedimiento de ejecución, fija un plazo para la ejecución voluntaria por parte del deudor de los requisitos contenidos en el auto de ejecución y advierte al deudor sobre la ejecución forzosa de estos requisitos una vez vencido el plazo de ejecución voluntaria con el cobro de la tasa de ejecución y los gastos de ejecución de las acciones de ejecución previstos en el art. 112 y 116 Ley Federal “Sobre Procedimientos de Ejecución”.

El plazo de ejecución voluntaria no podrá exceder de cinco días a partir de la fecha en que el deudor reciba la orden de iniciar el procedimiento de ejecución, salvo disposición legal en contrario.

Si el documento de ejecución especifica un plazo para la ejecución, entonces el plazo para la ejecución voluntaria se determina de acuerdo con el período especificado en el documento ejecutivo. Si un documento ejecutivo se presenta para su ejecución después de la expiración del período de ejecución especificado en él, entonces el período establecido para la ejecución voluntaria no puede exceder los cinco días a partir de la fecha de inicio del procedimiento de ejecución.

El alguacil no establece un plazo para la ejecución voluntaria de una orden de ejecución en los casos de inicio de un procedimiento de ejecución:

  1. de conformidad con la parte 16 del art. 30 Ley federal "sobre procedimientos de ejecución";
  2. tras la presentación posterior del auto de ejecución;
  3. sobre suspensión administrativa de actividades;
  4. sobre confiscación de bienes;
  5. según el documento ejecutivo sobre medidas provisionales;
  6. sobre la expulsión administrativa de la Federación de Rusia en forma de movimiento forzoso y controlado de ciudadanos extranjeros o apátridas fuera de la Federación de Rusia.

Una vez finalizado el proceso de ejecución principal, el alguacil inicia procedimientos de ejecución de órdenes emitidas y no ejecutadas para cobrar al deudor los costos de llevar a cabo las acciones de ejecución y la tasa de ejecución impuesta por el alguacil en el proceso de ejecución del documento de ejecución.

Se envía una copia de la decisión del alguacil de iniciar el procedimiento de ejecución a más tardar el día siguiente al día en que se emitió dicha decisión al demandante, al deudor, así como al tribunal, otro organismo o funcionario que emitió el documento ejecutivo.

En los casos en que la ejecución de un acto judicial esté encomendada a un representante del gobierno, a un funcionario público, a un empleado municipal, así como a un empleado público o institución municipal, organización comercial o de otro tipo, el alguacil en la resolución de inicio del procedimiento de ejecución advierte a estas personas sobre las disposiciones previstas en el art. 315 del Código Penal de la Federación de Rusia por no ejecución de un acto judicial, así como por obstrucción de su ejecución.

Procedimientos de ejecución: vídeo