Organización de Aviación Civil Internacional OACI. Documentos básicos de la OACI ¿Qué es la OACI?

ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL (OACI)

Disposiciones legales y estructura organizativa.

organización internacional La aviación civil (OACI) es una de las organizaciones intergubernamentales más representativas con estatus de agencias especializadas de la ONU.

Esta organización fue establecida por la Convención de Chicago en 1944 y opera bajo los auspicios de las Naciones Unidas. La sede está ubicada en Montreal, Canadá.

Las actividades de la OACI se basan en la igualdad de las naciones en las actividades de la industria del transporte aéreo. Hoy en día, más de 180 estados del mundo son miembros de la OACI.

Una de las características de la OACI es que sus disposiciones estatutarias no están formalizadas como un documento separado, sino que están incluidas en el texto del Convenio de Chicago de 1944 como parte integral del mismo.

La Carta de la OACI se considera la novena edición del Convenio de Aviación Civil Internacional (también llamado Convenio de Chicago), que incluye enmiendas desde 1948 hasta 2006. También tiene la designación ICAO Doc 7300/9.

El Convenio se complementa con 18 anexos que establecen estándares internacionales y prácticas recomendadas.

consideremos estructura organizacionalórganos representativos de la OACI en el diagrama:

Arroz. 3.1

Asamblea de la OACI

La Asamblea de la OACI se reúne al menos una vez cada tres años, y a solicitud del Consejo o de al menos una quinta parte de los número total Los Estados contratantes podrán celebrar una sesión extraordinaria de la Asamblea en cualquier momento.

Hasta la enmienda realizada por la 8.ª Asamblea el 14 de junio de 1954 y que entró en vigor el 12 de diciembre de 1956, la Asamblea se reunió anualmente, y hasta la enmienda de la 14.ª Asamblea el 15 de septiembre de 1962 y entró en vigor el 11 de septiembre de 1975, por un una solicitud de diez Estados contratantes era suficiente para celebrar una sesión extraordinaria de la Asamblea.

Los derechos y responsabilidades de la Asamblea incluyen:

elección en cada sesión de la Asamblea de su Presidente y demás funcionarios;

elección de los Estados miembros contratantes del Consejo;

revisar los informes del Consejo y tomar las medidas apropiadas al respecto;

determinación del presupuesto anual y disposiciones financieras de la Organización;

comprobar los gastos y aprobar los informes financieros de la Organización;

consideración de propuestas de cambios a las disposiciones del Convenio actual y enmiendas a las mismas.

Consejo de la OACI

El Consejo de la OACI está formado por 36 Estados contratantes, elegidos por la Asamblea cada tres años. El texto original de la convención de 1944 preveía un Consejo compuesto por 21 miembros. Desde entonces, el número de Estados ha cambiado cuatro veces: en el 13º período de sesiones de la Asamblea (27 Estados), el 17º (30), el 21º (33) y el 28º (36). Última modificación introducido en el 28º período de sesiones (extraordinario) de la Asamblea el 26 de octubre de 1990, entró en vigor el 28 de noviembre de 2002.

Las responsabilidades del consejo incluyen:

preparación de informes anuales a la Asamblea;

cumplir las instrucciones de la Asamblea;

nombramiento de un Comité de Transporte Aéreo formado entre los miembros del Consejo;

establecimiento de la Comisión de Navegación Aérea y nombramiento de su Presidente;

gestionar las finanzas de la Organización, incluida la determinación del salario del Presidente del Consejo;

Presidente del Consejo de la OACI

El Presidente del Consejo es elegido por el propio Consejo por un período de tres años con posibilidad de reelección. El Presidente del Consejo no tiene voto propio; puede ser cualquier Estado de entre las Partes Contratantes.

Si un miembro del Consejo se convierte en Presidente del Consejo, su puesto queda vacante y la Asamblea, lo antes posible, ocupa ese puesto con otro Estado contratante.

El Consejo también elige uno o más vicepresidentes, quienes conservan el derecho de voto mientras desempeñan el cargo de Presidente del Consejo.

Las responsabilidades del Presidente del Consejo incluyen:

convocar reuniones del Consejo, del Comité de Transporte Aéreo y de la Comisión de Navegación Aérea;

desempeñar en nombre del Consejo las funciones que éste le asigne.

Comisión de Navegación Aérea OACI

La Comisión de Navegación Aérea está compuesta por 19 miembros designados por el Consejo entre personas nominadas por los Estados contratantes. Según el texto original de la convención de 1944, la Comisión estaba formada por 12 personas. Posteriormente, este número cambió dos veces: en el 18º período de sesiones de la Asamblea (15 personas) y en el 27 (19). El último cambio, realizado en el 27º período de sesiones de la Asamblea el 6 de octubre de 1989, entró en vigor el 18 de abril de 2005.

Las responsabilidades de la Comisión de Navegación Aérea incluyen:

consideración de propuestas de cambios a los Anexos del Convenio, recomendándolas al Consejo para su adopción;

establecimiento de subcomités técnicos;

Consulta del Consejo sobre la comunicación de información a los Estados contratantes para el desarrollo de la navegación aérea.

Otros órganos

Comité de Transporte Aéreo;

Comité Jurídico;

Comité Conjunto de Apoyo a la Navegación Aérea;

Comité de Finanzas;

Comité para el Control de Interferencias Ilícitas en el Transporte Aéreo Internacional;

Comité de Personal.

Metas y objetivos de la OACI

Los propósitos y objetivos de la OACI son desarrollar principios y métodos de navegación aérea internacional y promover la planificación y el desarrollo del transporte aéreo internacional con el fin de:

1. Garantizar el desarrollo seguro y ordenado de la aviación civil internacional en todo el mundo.

2. Fomentar el arte de diseñar y operar aeronaves.

3. Fomentar el desarrollo de rutas aéreas, aeropuertos e instalaciones de navegación aérea para la aviación civil internacional.

4. Satisfacer las necesidades de los pueblos del mundo de un transporte aéreo seguro, regular, eficiente y económico.

5. Prevenir pérdidas económicas provocadas por una competencia desrazonable.

6. Garantizar el pleno respeto de los derechos de los Estados contratantes y una oportunidad justa para cada Estado contratante de utilizar líneas aéreas que presten servicios aéreos internacionales.

7. Excepciones a los casos de discriminación en las relaciones entre Estados Contratantes.

8. Garantizar la seguridad de los vuelos en la navegación aérea internacional.

9. Impulsar el desarrollo de la aeronáutica civil internacional en todos sus aspectos.

Además, la OACI atiende solicitudes países en desarrollo ayudar a mejorar los sistemas de transporte aéreo y capacitar al personal de aviación.

CONVENIO ICAGO

El Convenio de Chicago entró en vigor en abril de 1947, cuando 30 estados de los 52 miembros de la Conferencia de Chicago ratificaron este acuerdo y enviaron documentos a los Estados Unidos, donde se guardan los documentos ratificados de todos los países miembros de la OACI. La Convención de Chicago incluye:

1. Preámbulo. Parte introductoria del acuerdo.

2. Parte I "Navegación internacional". Exponer principios generales aplicación de la convención. Contiene disposiciones que regulan la navegación aérea durante el tránsito aéreo regular y no regular, y requisitos para las aeronaves.

3. Parte II "Organización de Aviación Civil Internacional"- Carta de la OACI.

4. Parte III "Transporte aéreo internacional". Se describen las cuestiones de las normas internacionales de transporte aéreo.

5. Conclusión. Contiene disposiciones sobre el procedimiento de registro ante la OACI, acuerdos internacionales sobre servicios aéreos y el procedimiento para su celebración entre estados. Preguntas sobre la resolución de disputas que surgen entre estados, el procedimiento para adoptar anexos al Convenio de Chicago, introducir enmiendas y adiciones al mismo.

La OACI adopta una gran cantidad de actos legales que unifican las reglas de vuelo, los requisitos para el personal de aviación y los estándares de aeronavegabilidad de las aeronaves. Estos documentos contienen varias reglas y tienen nombres apropiados: “Estándares”, “Prácticas recomendadas”, “Procedimientos”.

Estándar- cualquier requisito de características físicas, configuración, material, rendimiento de vuelo, personal y reglas, cuya aplicación uniforme se reconozca como necesaria para garantizar la seguridad y regularidad del tráfico aéreo internacional, y su cumplimiento sea obligatorio para todos los Estados miembros de la OACI.

Práctica recomendada - los mismos requisitos que en el concepto de "Norma", pero se reconoce que su aplicación uniforme es deseable y que los Estados miembros de la OACI se esforzarán por cumplir.

Cualquier disposición que asuma el estatus de Norma o Método Recomendado (Recomendación) previa aprobación por el Consejo de la OACI. Los estados miembros de la OACI tienen derecho a no aceptar uno u otro estatus, pero deben notificarlo al Consejo de la OACI dentro de un mes.

La implementación de Normas y Recomendaciones requiere mucha mano de obra y es costosa. Para simplificar la solución de este problema, las normas y recomendaciones internacionales se formalizan en forma de anexos al Convenio de Chicago (anexos - de palabra inglesa Anexo).

ANEXOS DEL CONVENIO DE CHICAGO

Actualmente hay 18 anexos del Convenio de Chicago:

1. "Requisitos para el personal de aviación civil a la hora de expedir certificados" . Determina los requisitos de calificación necesarios para la obtención de certificados para los miembros de la tripulación de aeronaves y el personal de tierra, y también establece requisitos médicos para la obtención de estos certificados (comandante de barco - hasta 60 años, navegante - sin restricciones).

2. "Reglas de vuelo" . define reglas generales vuelos para garantizar su seguridad, reglas de vuelo visual (VFR), reglas de vuelo por instrumentos (IFR).

3. "Apoyo meteorológico a la navegación aérea internacional." Determina los requisitos de los servicios meteorológicos para la navegación aérea internacional y los organismos que prestan este servicio.

4. "Mapas aeronáuticos" . Define los requisitos de cartas aeronáuticas necesarias para vuelos internacionales de aeronaves.

5. "Unidades de medida a utilizar en operaciones aéreas y terrestres" . Define la dimensión de las unidades utilizadas para las comunicaciones bidireccionales entre aeronaves y tierra. Este apéndice proporciona una tabla de unidades de medida (3 sistemas) utilizadas por la OACI.

6. "Operación de aeronaves" . Determinado requisitos mínimos para realizar vuelos durante el tráfico aéreo internacional regular y no regular, así como para la producción de cualquier vuelo de aviación general (con excepción de la aviación trabajos especiales), deberes del comandante de la aeronave.

- Parte I "Transporte aéreo comercial internacional".

- Parte II. "Aviación general internacional".

- Parte III. "Vuelos internacionales en helicóptero".

7. "Estado y marcas de matrícula de las aeronaves" . Se determinan requisitos mínimos de marcado para indicar las marcas de propiedad y matrícula de las aeronaves, así como el procedimiento para el registro y emisión de certificados de aeronaves.

8. "Aeronavegabilidad de las aeronaves" . Define el nivel mínimo de aeronavegabilidad de las aeronaves que es necesario para que los estados miembros de la OACI reconozcan los certificados de aeronavegabilidad de otros estados cuyas aeronaves operan sobre el territorio de estos estados o sobre sus aguas territoriales.

9. "Simplificación de trámites para el transporte aéreo internacional" . Determina requisitos para la simplificación de pasaportes - visados ​​y sanitarios - control de cuarentena, trámites aduaneros, trámites de entrada, salida y tránsito de pasajeros, así como el registro del procedimiento de llegada y salida de aeronaves.

10. "Telecomunicaciones de aviación" . Determina los requisitos para las radioayudas a la navegación en aterrizaje y en ruta, y también considera los sistemas de comunicación y el procedimiento para el uso de radiofrecuencias.

- Volumen I. "Comunicaciones":

A ) Parte 1. "Equipos y sistemas".

b ) Parte 2. "Asignación de radiofrecuencia".

- Volumen II. "Procedimientos de comunicación".

11. "Servicios de tránsito aéreo" . define requisitos generales a los servicios de tránsito aéreo, tipos de servicios de tránsito aéreo, requisitos para los servicios de despacho e información de vuelo para el tránsito aéreo, notificación de emergencia, división del espacio aéreo en superior e inferior, la necesidad de medios y canales de comunicación, el volumen de información meteorológica, el procedimiento para Designación de rutas aéreas, rutas de entrada y salida (SID y STAR).

12. "Búsqueda y Rescate" . Establece los principios para la creación y operación de los servicios de búsqueda y salvamento de un Estado contratante, así como la organización de la interacción con servicios similares de estados vecinos, procedimientos y señales, trámites, derechos y obligaciones de los funcionarios al realizar una búsqueda.

13. "Investigación de accidentes aéreos" . Establece principios generales para la investigación de accidentes de aviación, las responsabilidades y obligaciones de los Estados en relación con la realización de investigaciones y el suministro de información sobre accidentes de aviación, la composición de las comisiones, sus facultades y el procedimiento para la elaboración de informes de investigación.

14. "Aeródromos". Contiene Normas y Recomendaciones que definen los requisitos para las características físicas de los aeródromos y el equipo que debe proporcionarse en los aeródromos utilizados para el tránsito aéreo internacional.

15. "Servicios de Información Aeronáutica" . Define los requisitos generales de la información aeronáutica, las formas de su presentación (como AIP - AIP Airnoutical Information Publication, NOTAM y circulares) y las funciones de los organismos que la proporcionan.

16. "Protección ambiental" :

- Volumen I. "Ruido de aviones". Se establecen requisitos generales para el máximo nivel permitido ruido de las aeronaves durante la certificación acústica de las aeronaves, las condiciones para la expedición de certificados de aeronavegabilidad y establece métodos operativos para la reducción del ruido.

- Volumen II. "Emisiones de motores de aviones". Se establecen normas y requisitos para cuestiones de combustible de aviación al certificar los motores de aeronaves en cuanto a emisiones de CO y otras condiciones técnicas necesarias.

17. "Protección de la aviación civil internacional contra actos de invasión ilícita" . Establece Normas y Recomendaciones sobre medidas administrativas y organizativas para reprimir actos de ingreso ilegal.

18. "Transporte seguro mercancías peligrosas en avión" . Se da la clasificación de mercancías peligrosas. Se establecen restricciones al transporte de mercancías peligrosas por vía aérea, requisitos para su embalaje y etiquetado, y responsabilidades del transportista y transportista.

DOCUMENTOS DEL SERVICIO DE NAVEGACIÓN AÉREA

Además de los Anexos del Convenio de Chicago, el Consejo de la OACI adopta los Procedimientos de Servicios de Navegación Aérea (PANS - Procedimientos de Servicio de Navegación Aérea - PANS). Contienen mucho material que no ha recibido el estatus de Norma o Recomendación, o los Procedimientos están sujetos a cambios frecuentes. Por tanto, se considera demasiado difícil aplicarles el procedimiento establecido para la adopción de anexos. Estos procedimientos, destinados a ser aplicados a nivel “mundial”, son aprobados por el Consejo de la OACI y distribuidos a los Estados miembros de la OACI como recomendaciones.

Actualmente existen 4 documentos PANS:

1. Doc. 4444. “Reglas de vuelo y servicios de tránsito aéreo” . Las recomendaciones de este documento complementan los requisitos de los Anexos 2 y 11. Establecen las responsabilidades de los servicios de tránsito aéreo, los procedimientos a aplicar por la dependencia de control en el área de control, en aproximación y en el área terminal, así como los procedimientos relacionados a la coordinación de actividades dentro de las unidades de servicios de tránsito aéreo y entre ellas.

2. Doc. 8168. “Operaciones de vuelo de aeronaves” :

- Volumen 1. "Reglas de operaciones de vuelo". Determina los procedimientos y patrones de aproximación al aterrizaje, reglas para configurar altímetros y otras etapas de los vuelos.

- Volumen 2. "Construcción de esquemas de vuelo visual y vuelos por instrumentos". Dado descripción detalladaáreas críticas y requisitos de franqueamiento de obstáculos en áreas de aeródromo.

3. Doc. 8400. "Abreviaturas y códigos de la OACI" . El material de este documento está destinado a ser utilizado en comunicaciones aeronáuticas internacionales y documentos de información aeronáutica.

4. Doc. 7030. “Reglas regionales adicionales” . Los materiales contenidos en este documento están destinados a todos Regiones de navegación aérea. Se utilizan al redactar instrucciones para operaciones de vuelo en aeródromos o a lo largo de una ruta particular en una determinada región. El documento contiene procedimientos para facilitar los vuelos a través del Atlántico, Océano Pacífico y otras regiones Globo.

El Consejo de la OACI dividió todo el territorio del mundo en 9 regiones de navegación aérea:

1. África y Océano Índico (AIF).

2. Sudeste Asiático (SEA).

3. Europeo (EUR).

4. Atlántico Norte (NAT).

5. Norteamérica (NAM).

6. Sudáfrica (SAM).

7. Mar Caribe (RCA).

8. Cercano y Medio Oriente (MEDIO).

9. Pacífico (PAC).

En muchos casos, los documentos PANS son más adecuados y aplicables que las normas y métodos recomendados contenidos en los Apéndices.

MANUAL TÉCNICO

Los manuales operativos y técnicos de la OACI explican y respaldan las normas y métodos recomendados de la OACI y los documentos PANS. aplicación práctica. Se pueden dividir en varios grupos:

1. Colecciones de símbolos:

- 8643 - tipos de aeronaves;

- 8545 - aerolíneas;

- 7910 - ubicaciones.

2. Documentos sobre tipos y medios de servicio:

- 7101 - catálogo de mapas aeronáuticos;

- 7155 - tablas meteorológicas para el tráfico aéreo internacional

- 7383: información aeronáutica proporcionada por los estados miembros de la OACI.

3. Planes de navegación aérea.

4. Manuales de comunicaciones radiotelegráficas.

Para la ordenación sistemática de los territorios regionales en materia de navegación aérea, las Recomendaciones de la OACI se combinan en Planes Regionales de Navegación Aérea:

1. FIA- plan de África y el Océano Índico.

2. UEM- Plan para la región europeo-mediterránea.

3. MEDIO/MAR- plan para Oriente Medio y el Sudeste Asiático.

4. NOMBRE/NAT/PAC- Plan de América del Norte, Océanos Atlántico Norte y Pacífico.

5. COCHE/SAM- plan del caribe y américa del sur.

Si doctor. 7030 Procedimientos Regionales Suplementarios (PANS) establece procedimientos adicionales para todos regiones, los planes de navegación aérea se refieren únicamente a una región específica.

Un plan regional de navegación aérea puede prever la prestación de servicios más allá de los límites establecidos de una región si son necesarias instalaciones y servicios apropiados para satisfacer los requisitos de la navegación aérea internacional dentro de esa región.

Además de estos documentos de la OACI, existen diversas directrices sobre diversos temas:

- Manual de investigación de accidentes de vuelo.

- Guía de búsqueda y rescate.

- Manual de atmósfera estándar de la OACI.

- Manuales de Servicios Meteorológicos.

- Manuales de Servicios de Información Aeronáutica.

- Manuales de aeropuerto.

- Guías de control de aves.

- Guías de dispersión de niebla.

- Directrices para aeronaves en tierra.

- Directrices para las marcas de aeródromos.

- Manuales de vuelo de helicópteros.

- Manuales de operador de radio.

- Manuales para operadores de radiobalizas de localización y senda de planeo.

- Manuales de operación de barcos - estaciones oceánicas.

- Guías para el cálculo y construcción de zonas de espera, etc.

Una vez al mes en inglés y una vez al trimestre en ruso, la OACI publica la revista de la OACI y dos veces al año, como apéndice, se publica una lista y tablas de los documentos actuales de la OACI, indicando la fecha y el número de la última enmienda.

  • 7. El concepto y tipos de sujetos de derecho internacional.
  • 8. Personalidad jurídica de los estados y métodos de formación de los estados.
  • 9. Reconocimiento jurídico internacional
  • 10. Sucesión de Estados
  • 15. Tribunal Penal Internacional para procesar a personas por crímenes cometidos en el territorio de Yugoslavia.
  • 22. Asamblea General de la ONU.
  • 23. Consejo de Seguridad de la ONU.
  • 24. Consejo Económico y Social de la ONU.
  • 25. Corte Internacional de Justicia.
  • 26. Secretaría de la ONU
  • 27. Agencias especializadas de la ONU
  • 28. Objetivos y órganos principales de la organización internacional de la CEI.
  • 29. Composición, metas y objetivos del bloque del Atlántico Norte (OTAN)
  • 30. Concepto y procedimiento de las conferencias internacionales.
  • 31. El concepto de responsabilidad jurídica internacional.
  • 32. Tipos y formas de responsabilidad jurídica internacional.
  • 33. Concepto y clasificación de los delitos internacionales.
  • 34. Concepto y tipos de agresión. Características del departamento gubernamental.
  • 35. Responsabilidad penal internacional de las personas.
  • 36. Responsabilidad jurídica internacional de los organismos internacionales.
  • 38. Características de los órganos de relaciones exteriores de los estados.
  • 39. Misiones diplomáticas. Concepto, tipos, funciones.
  • 40. El procedimiento de nombramiento y causales de cese de las funciones del representante diplomático.
  • 41. Privilegios e inmunidades de las misiones diplomáticas. Privilegios e inmunidades personales.
  • 42. Misiones consulares. Concepto, tipos, funciones.
  • 43. Procedimiento de nombramiento y causales de cese de las funciones del representante consular.
  • 44. Privilegios e inmunidades consulares.
  • 46. ​​​​Principios especiales de la seguridad internacional y el problema del desarme en el derecho internacional moderno.
  • 47. Circunstancias que determinan la cooperación entre Estados en la lucha contra la delincuencia.
  • 48. Clasificación y análisis de los delitos de carácter internacional
  • 49. El papel de las organizaciones y conferencias internacionales en la lucha contra la delincuencia.
  • 51. El concepto de extradición. Asistencia jurídica en casos penales.
  • 52. Concepto jurídico de territorio. Tipos de regímenes jurídicos del territorio.
  • 53. Fundamentos y métodos legales para cambiar el territorio estatal.
  • 54. Régimen jurídico de la Antártida y el Ártico
  • 55. El concepto de régimen y protección de la frontera estatal de la Federación de Rusia.
  • 56. Concepto y codificación del derecho marítimo internacional.
  • 57. Principios especiales del derecho marítimo internacional y de las organizaciones marítimas.
  • 58. Régimen jurídico internacional de la alta mar y la plataforma continental.
  • 59. Régimen jurídico internacional del mar territorial y zona adyacente.
  • 61. Regulación legal de los vuelos en el espacio aéreo internacional.
  • 62. Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).
  • 64 Situación jurídica de los objetos espaciales y los astronautas.
  • Pregunta 71 El inicio de la guerra y sus consecuencias jurídicas.
  • Pregunta 72 Participantes en las hostilidades.
  • Pregunta 73 Protección jurídica internacional de las víctimas de la guerra.
  • Pregunta 74 Derechos humanos y derecho internacional
  • Pregunta 75 El concepto de población y ciudadanía.
  • 76. Protección jurídica internacional de los derechos humanos y la condición jurídica de los ciudadanos extranjeros.
  • 77. El derecho de asilo y el estatuto jurídico de los refugiados.
  • 78. Organización Internacional de Policía Criminal (Interpol)
  • 79. Cooperación internacional en cuestiones de derechos humanos (normas jurídicas internacionales).
  • 80. Alto Comisionado de la ONU para los Refugiados.
  • 62. Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).

    Para organizar las comunicaciones y la cooperación internacionales en el campo del derecho aéreo internacional, existen organizaciones de aviación internacionales.

    Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).

    Establecido sobre la base de la Parte 2 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional de 1944. El objetivo principal de la creación de la OACI es garantizar el desarrollo seguro y ordenado de la aviación civil internacional en todo el mundo y otros aspectos de la organización y coordinación. cooperación internacional sobre todas las cuestiones relacionadas con las actividades de la aviación civil, incluido el transporte aéreo internacional.

    El máximo órgano de la OACI es la Asamblea, en la que están representados todos los estados miembros. La Asamblea se reúne al menos una vez cada tres años.

    Organización de Aviación Civil Internacional(OACI del inglés OACI - Organización de Aviación Civil Internacional) - institución especializada La ONU, que establece estándares internacionales para la aviación civil y coordina su desarrollo para mejorar la seguridad y la eficiencia.

    OACI establecido"Convenio sobre Aviación Civil Internacional". La Asociación de Transporte Aéreo Internacional (IATA) no es una OACI.

    La Organización de Aviación Civil Internacional se basa en las disposiciones de la Parte II del Convenio de Chicago de 1944. Existe desde 1947. La sede está ubicada en Montreal, Canadá. La URSS se convirtió en miembro de la OACI el 14 de noviembre de 1970.

    Objeto estatutario La OACI es responsable de garantizar el desarrollo seguro y ordenado de la aviación civil internacional en todo el mundo y otros aspectos de la organización y coordinación de la cooperación internacional en todas las cuestiones de la aviación civil, incluido el transporte internacional. De acuerdo con las normas de la OACI, las normas internacionales espacio aéreo dividido en regiones de información de vuelo: espacio aéreo, cuyos límites se establecen teniendo en cuenta las capacidades de los equipos de navegación y control del tráfico aéreo.

    Uno de las funciones de la OACI es asignar códigos individuales de cuatro letras a aeropuertos de todo el mundo: identificadores utilizados para transmitir información aeronáutica y meteorológica en los aeropuertos, planes de vuelo (planes de vuelo), designación de aeródromos civiles en mapas de radionavegación, etc.

    En 1992 (Resolución A29-1), la OACI declaró el 7 de diciembre como Día de la Aviación Civil. Esta decisión fue posteriormente apoyada por la ONU.

    Carta de la OACI considerada la novena edición del Convenio de Aviación Civil Internacional (también llamado Convenio de Chicago), que incluye modificaciones desde 1948 hasta 2006. También tiene la designación ICAO Doc 7300/9.

    La Convención consta de 18 Capítulos (Anexos), que se enumeran en el artículo principal: la Convención de Chicago.

    códigos OACI

    Tanto la OACI como la IATA tienen su propio sistema de códigos para aeropuertos y aerolíneas. La OACI utiliza códigos de aeropuerto de cuatro letras y códigos de aerolínea de tres letras. En los EE. UU., los códigos ICAO generalmente se diferencian de los códigos IATA solo por el prefijo K (por ejemplo, LAX = KLAX). De manera similar, en Canadá, el prefijo C se agrega a los códigos IATA para formar un código ICAO. En el resto del mundo, los códigos ICAO e IATA no están relacionados entre sí, ya que los códigos IATA se basan en similitudes fonéticas y los códigos ICAO se basan en la ubicación.

    La OACI también es responsable de emitir códigos alfanuméricos de tipo de aeronave, que constan de 2 a 4 caracteres. Estos códigos se utilizan habitualmente en los planes de vuelo.

    La OACI también proporciona distintivos de llamada telefónica para aeronaves en todo el mundo. Consisten en un código de aerolínea de tres letras y un distintivo de llamada de una o dos palabras. Por lo general, pero no siempre, los distintivos de llamada corresponden al nombre de la aerolínea.

    Por ejemplo, el código de Aer Lingus es EIN y el distintivo de llamada es Shamrock, para Japan Airlines International el código es JAL y el distintivo de llamada es Japan Air. Por lo tanto, un vuelo número 111 de Aer Lingus se codificaría como "EIN111" y se pronunciaría "Shamrock One Hundred Eleven" por radio; un vuelo de Japan Airlines con el mismo número se codificaría "JAL111" y se pronunciaría "Japan Air One Hundred Eleven". La OACI es responsable de las normas para el registro de aeronaves, que incluyen códigos alfanuméricos que indican el país de registro.

    Subsecciones de la OACI

    Sede de la OACI, Montreal, Canadá

    El máximo órgano es la Asamblea con representación de todos los miembros de la OACI. Se reúne al menos una vez cada tres años. El Consejo es un órgano permanente de la OACI, que depende de la Asamblea y está regido por un Presidente elegido por la Asamblea por un período de tres años. 33 estados están representados en el Consejo.

    Subsecciones

    Comisión de Navegación Aérea;

    Comité de Transporte Aéreo;

    Comité Jurídico;

    Comité Conjunto de Apoyo a la Navegación Aérea;

    Comité de Finanzas;

    Comité para el Control de Interferencias Ilícitas en el Transporte Aéreo Internacional;

    Comité de Personal;

    Comité de Cooperación Técnica;

    Secretaría.

    Oficinas regionales

    Europa y Atlántico Norte (París);

    Africano (Dakar);

    Medio Oriente (El Cairo);

    Sudamericana (Lima);

    Asia-Pacífico (Bangkok);

    América del Norte y el Caribe (Ciudad de México);

    África Oriental (Nairobi).

    63. Concepto, características, principios y fuentes del derecho internacional. ley espacial .

    Derecho espacial internacional– un sistema de principios y normas internacionales que establecen las bases para la cooperación espacial entre estados, así como el régimen legal del espacio ultraterrestre, incluidos los cuerpos celestes naturales y artificiales, los astronautas, y regula los derechos y obligaciones de los participantes en las actividades espaciales.

    Sujeto Esta rama del derecho internacional es la regulación de las relaciones internacionales en el proceso de las actividades espaciales, es decir, las relaciones jurídicas de los sujetos al lanzar objetos espaciales en el proceso de utilización de tecnología espacial con fines prácticos, cuestiones de control y responsabilidad, determinando el alcance de sujetos de actividades espaciales, etc.

    Sujetos de derecho internacional yavl en en este momento en su mayoría de propiedad estatal, aunque en el futuro las organizaciones y empresas privadas pueden convertirse en sujetos de derecho internacional. caras.

    fuentes principales La ley espacial de m/pueblos son los tratados de m/pueblos.

    Espacio exterior- espacio ubicado fuera del espacio aéreo, es decir, a una altitud de más de 100 km sobre el nivel del Océano Mundial y hasta los límites de la órbita lunar - el espacio cercano, y más allá de la órbita lunar - el espacio profundo.

    Régimen jurídico espacio exterior, la conclusión es que el espacio exterior ha sido retirado de la circulación y no es propiedad de nadie, es decir, el espacio exterior no está sujeto a la soberanía de ningún estado. Ningún SP puede apropiarse del espacio ultraterrestre: ni declarando propiedad ni ocupando el espacio.

    De conformidad con las normas del derecho espacial internacional, el espacio ultraterrestre y cuerpos celestes abierto a España y la investigación por todos los estados en beneficio y en interés de todos los países sobre la base de la igualdad y son propiedad de toda la humanidad.

    Importancia especial tiene una órbita geoestacionaria. La órbita geoestacionaria es un anillo espacial a una altitud de unos 36 mil km en el plano del ecuador terrestre. Un satélite lanzado a este espacio se encuentra en un estado prácticamente inmóvil con respecto a la superficie de la Tierra, es decir, parece flotar sobre un punto determinado. Estas características crean ciertas condiciones para diversos tipos de uso de dichos satélites utilizados para diversos fines.

    Investigación y uso el espacio exterior se lleva a cabo utilizando objetos espaciales.

    Objetos espaciales– Se trata de cohetes y estaciones artificiales y automáticos, incluidos vehículos de reparto y satélites terrestres artificiales. Estos objetos se consideran cósmicos si fueron lanzados, así como después de su regreso a la Tierra.

    Todos los objetos espaciales lanzados a la órbita de la Tierra o al espacio ultraterrestre están sujetos a registro internacional y estatal de conformidad con el Convenio de 1975. El registro lo llevan a cabo tanto el Estado de lanzamiento, que lleva el registro correspondiente, como las organizaciones populares.

    Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) es una agencia especializada de las Naciones Unidas creada para garantizar el desarrollo seguro y ordenado de la aviación civil internacional mediante el desarrollo de normas internacionales y recomendaciones de mejores prácticas y poniéndolas a disposición de los Estados. La organización actúa como coordinadora de la cooperación internacional en todos los ámbitos relacionados con la aviación civil. Actualmente, 191 estados son miembros de la OACI. La URSS se unió a la OACI en 1970. La sede permanente de la organización se encuentra en Montreal, Canadá.

    Historia de la creación.

    La primera conferencia internacional sobre aviación civil, convocada por iniciativa del gobierno francés, celebrada en 1910, no condujo a la adopción de ningún acuerdo. En su trabajo sólo participaron los gobiernos europeos, ya que los vuelos transoceánicos en aquellos años se consideraban una quimera.

    Pasó casi una década antes de la conclusión. convención internacional sobre la regulación de la navegación aérea en París en 1919, que estableció Comisión Internacional sobre Navegación Aérea bajo el liderazgo de la Sociedad de Naciones. La comisión debía reunirse al menos una vez al año y tratar cuestiones técnicas. También fue creado comité internacional abogados para resolver cuestiones legales complejas relacionadas con viajes aéreos transfronterizos.

    En 1928, en una conferencia celebrada en La Habana, se adoptó la Convención Panamericana sobre Aviación Comercial para resolver los problemas derivados del fuerte aumento de los viajes aéreos internacionales en el hemisferio occidental.

    Aunque a finales de la década de 1930 se habían logrado algunos avances hacia un acuerdo sobre las normas de vuelo internacionales, la mayoría de los países todavía otorgaban muy pocas concesiones a las aerolíneas de los demás y no había ningún acuerdo que permitiera que los aviones extranjeros pasaran libremente por las rutas de un país a otro.

    El dinámico desarrollo de la aviación durante la Segunda Guerra Mundial demostró la necesidad de crear un mecanismo para organizar y regular los vuelos internacionales con fines pacíficos, que abarque todos los aspectos, incluidas las cuestiones técnicas, económicas y jurídicas. Con base en estas consideraciones, a principios de 1944 Estados Unidos celebró negociaciones preliminares con sus aliados de la Segunda Guerra Mundial, a partir de las cuales se enviaron invitaciones a 55 estados aliados y neutrales para reunirse en Chicago en noviembre de 1944.

    En noviembre y diciembre de 1944, delegados de 52 países se reunieron en la Conferencia de Aviación Civil Internacional en Chicago para elaborar una estrategia de cooperación internacional en el campo de la navegación aérea en era de posguerra. Fue en esta conferencia donde se desarrolló la carta de la Organización de Aviación Civil Internacional, el Convenio de Chicago. Estipula que la OACI se creará después de que 26 países ratifiquen el convenio. Para solucionar los acuciantes problemas de la aviación civil se creó una organización temporal, que desempeñó las funciones correspondientes durante 20 meses, hasta su inauguración oficial el 4 de abril de 1947.

    Estructura.

    De conformidad con las disposiciones del Convenio de Chicago, la Organización de Aviación Civil Internacional está compuesta por una Asamblea, un Consejo con varios órganos subordinados y una Secretaría. Los principales funcionarios son el Presidente del Consejo y el Secretario General.

    Sede de la OACI, Montreal, Canadá.

    Asamblea, compuesto por representantes de todos los Estados contratantes, es el organismo soberano de la OACI. Se reúne cada tres años, analiza en detalle el trabajo de la Organización y fija políticas para los próximos años. También adopta el presupuesto trienal de la organización.

    Consejo, el órgano de gobierno elegido por la Asamblea por un período de tres años, está formado por representantes de 36 estados. La Asamblea elige miembros del Consejo en tres categorías: 1) estados importantes para el transporte aéreo; 2) estados que contribuyen mayor contribución en la prestación de servicios de navegación aérea; y 3) estados cuyo nombramiento asegurará la representación de todas las áreas geográficas del mundo. Como órgano rector, el Consejo es responsable de trabajo diario OACI. Es el Consejo el que aprueba las Normas y Métodos Recomendados Internacionales y los formaliza como Anexos al Convenio sobre Aviación Civil Internacional. El Consejo está asistido por la Comisión de Navegación Aérea (cuestiones técnicas), el Comité de Transporte Aéreo (cuestiones económicas), el Comité Conjunto de Apoyo a los Servicios de Navegación Aérea y el Comité de Finanzas.

    Secretaría, liderado por secretario general, consta de cinco direcciones: la Dirección de Navegación Aérea, la Dirección de Transporte Aéreo, la Dirección de Cooperación Técnica, la Dirección de Asuntos Jurídicos y Relaciones Exteriores y la Dirección Administrativa.

    Metas y objetivos.

    El artículo 44 del Convenio de Chicago establece que los objetivos de la Organización de Aviación Civil Internacional son velar por el desarrollo seguro y ordenado de la aviación civil internacional, fomentar el arte del diseño y operación de aeronaves, fomentar el desarrollo de rutas aéreas, aeropuertos y instalaciones de navegación aérea y promover la seguridad aérea.

    La misión principal de la organización es desarrollar y adoptar normas y prácticas recomendadas (SARPS) y políticas internacionales en apoyo de una aviación civil segura, eficiente, económicamente sostenible y ambientalmente responsable. Los SARPS se formalizan en forma de anexos al Convenio de Chicago. Muchos de ellos se revisan y modifican según sea necesario para mantenerse al día con los últimos desarrollos e innovaciones científicos y tecnológicos. Ni las actividades de la OACI ni la adopción de SARPS derogan la soberanía de los Estados participantes. Estos últimos también podrán adoptar normas más estrictas.

    Además de su trabajo principal, la OACI coordina la preparación e implementación de numerosos programas de desarrollo de la aviación en sus Estados participantes; desarrolla planes globales para guiar el progreso estratégico multilateral en seguridad del tráfico aéreo; supervisa e informa sobre los indicadores de desempeño del sector del transporte aéreo; e identifica posibles brechas en las áreas de seguridad de la aviación civil entre los Estados participantes.

    La organización también facilita la celebración de acuerdos regionales y acuerdos internacionales destinado a liberalizar los mercados del transporte aéreo, promueve el establecimiento de normas jurídicas para garantizar la seguridad en respuesta al aumento del volumen de viajes aéreos y fomenta el desarrollo de otros aspectos del derecho aéreo internacional.

    En el campo económico, la OACI no tiene poderes regulatorios, pero uno de sus objetivos estatutarios es evitar pérdidas económicas causadas por una competencia desrazonable. Además, de acuerdo con el convenio, los estados miembros se comprometen a proporcionar a la OACI informes y estadísticas de sus aerolíneas internacionales sobre tráfico, gastos e ingresos, indicando las fuentes de su recepción.

    El objetivo estatutario de la Organización de Aviación Civil Internacional es garantizar la seguridad, regularidad y eficiencia de la aviación civil internacional. Para lograr este objetivo, los Estados Partes deben adherirse a las Normas y Prácticas Recomendadas Internacionales (SARPS). El Convenio de Chicago incluye 19 anexos en las áreas de operación de aeronaves, reglas del aire, diseño de aeródromos, investigación de accidentes, licencias de personal, radioayudas para la navegación, servicios meteorológicos, servicios de tránsito aéreo, búsqueda y rescate y seguridad. ambiente. La mayoría de los SARPS (17 anexos) son competencia de la Dirección de Navegación Aérea de la OACI; los dos restantes (Anexo 9 Facilitación y Anexo 17 Seguridad) – Administración del Transporte Aéreo. No tienen la misma fuerza jurídicamente vinculante que las disposiciones de la Convención, ya que los anexos no son tratados internacionales sujetos a ratificación. Sin embargo, la OACI realiza auditorías periódicas y supervisa el cumplimiento.

    Los proyectos de SARPS se preparan en consulta con los Estados contratantes y las organizaciones internacionales interesadas, los finalizan la Comisión de Navegación Aérea de la OACI y se someten a votación del Consejo, donde se requiere una mayoría de dos tercios para su adopción. Los Estados contratantes se comprometen a adherirse a los SARPS, pero si un Estado considera imposible implementarlos, debe, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 del Convenio, informar a la Organización de Aviación Civil Internacional de cualquier diferencia entre su propia práctica y las establecidas. estándar internacional. Dichas diferencias se detallarán en la Publicación de Información Aeronáutica (AIP) nacional y se resumirán en un apéndice de cada anexo del Convenio de Chicago.

    Organización de Aviación Civil Internacional(OACI, abreviatura de Organización de Aviación Civil Internacional en inglés, abreviada OACI) es una agencia especializada de las Naciones Unidas creada en 1944 para promover el desarrollo seguro y ordenado de la aviación civil internacional en todo el mundo. Establece las normas y reglamentos internacionales necesarios para garantizar la seguridad de los vuelos, la seguridad de la aviación, la eficiencia y regularidad del transporte aéreo y la protección del medio ambiente frente a los impactos de la aviación. La organización es un instrumento de cooperación en todas las áreas de la aviación civil entre sus 190 Estados contratantes.

    código de aeropuerto OACI

    código de aeropuerto OACI- un identificador individual único de cuatro letras asignado a los aeropuertos de todo el mundo por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI). Estos códigos son utilizados por aerolíneas, autoridades de control del tráfico aéreo, servicios meteorológicos para transmitir información aeronáutica y meteorológica sobre aeropuertos, planes de vuelo (planes de vuelo), designación de aeródromos civiles en mapas de radionavegación y también como direcciones de aeropuertos en la red telegráfica de aviación internacional. AFTN.

    Los códigos OACI tienen una estructura regional: como regla general, se utiliza un prefijo de país de dos letras, donde la primera letra se asigna a un grupo de países ubicados cerca, la segunda letra identifica un país específico del grupo. Las dos letras restantes del código identifican el aeropuerto de ese país.

    Las excepciones son países grandes(Rusia, Canadá, EE.UU., China, Australia), cada uno de los cuales tiene un prefijo de una letra y las tres letras restantes identifican el aeropuerto.

    Además del código OACI, muchos aeropuertos tienen un código IATA, un código de tres letras asignado a aeropuertos de todo el mundo por la Asociación de Transporte Aéreo Internacional (IATA).

    Los aeropuertos pequeños (especialmente los aeropuertos locales) pueden no tener ni un código ICAO ni un código IATA.

    En varios países del mundo, los aeródromos militares (bases aéreas) tienen códigos OACI y